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BuenaNueva 17

¿Delito y pecado?

By BuenaNueva13 de junio de 2012Actualizado:5 de noviembre de 2012No hay comentarios5 Mins de lectura
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En el discurso inaugural de la Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal celebrada del 20 al 24 de abril de este año, el Cardenal Presidente pronunciaba las siguientes palabras a propósito del tema del aborto:

Los valores éticos trascienden, preceden y sustentan la acción política (…) No faltan entre nosotros quienes parecen querer reducir la democracia a un mecanismo de regulación de intereses, afirmando que las leyes deben representar simplemente una especie de denominador común de las diversas opiniones e intereses presentes en la sociedad, aun cuando lo que esté en cuestión sea nada más y nada menos que el derecho fundamental a la vida de los más débiles e inocentes.

Al día siguiente, la ministra de Igualdad salía al paso del pronunciamiento de Mons. Rouco: “A la Iglesia le corresponde decir qué es pecado, no qué es delito”. En los días posteriores a las declaraciones de la ministra, se han publicado varios artículos con la evidente intención de transmitir la idea de que la concepción moderna de la política, excluye cualquier sumisión del orden legal al orden moral. El maridaje “moral-ley” sería una reminiscencia de la Edad Media, amparada contemporáneamente por los regímenes fascistas…

Sin embargo, el divorcio entre lo legal y lo moral conduce inevitablemente a reinterpretar la democracia desde el prisma del relativismo. La ética moderna sería aquella que nace del consenso mayoritario, en el marco de la ideología vigente en el momento histórico. De esta forma, se dejaría en el olvido algo tan básico como es el hecho de que la victoria en unas elecciones democráticas no otorga ni quita la razón, sino solamente el ejercicio de la autoridad.

En conclusión, “la democracia necesita de la virtud, si no quiere ir contra lo que pretende defender y estimular” (Juan Pablo II). Más aún, el relativismo no es la cuna de la democracia, como el laicismo actual sostiene equivocadamente, sino el virus que puede acabar con ella. De hecho, somos testigos de cómo “una democracia sin valores, se convierte con facilidad en un totalitarismo visible o encubierto” (Encíclica “Veritatis Splendor”, n.º 101).

fundamentación ética del pecado

Por el influjo de una mala formación religiosa, muchos identifican el pecado con el mero incumplimiento de un precepto religioso. El pecado sería la infracción de unas normas promulgadas por las autoridades religiosas, o provenientes de tradiciones ancestrales…

Por el contrario, nosotros no afirmamos que una acción sea mala porque haya sido “declarada” pecado por la Iglesia; sino que reconocemos que algo es pecado porque es malo para el hombre, contrario a su dignidad. La ley de Dios no viene sino a iluminar y a reforzar la ley natural.

fundamentación ética del delito

Frente a quienes piensan que el único fundamento de las leyes humanas es el consenso político, el humanismo cristiano recuerda que la bondad de la legislación nace de los valores morales en los que está sustentada. Este es el caso de la dignidad incuestionable de la vida humana, a la que consideramos como un valor “prepolítico”: No fue la Declaración de la ONU la que otorgó el derecho a la vida, sino la que lo reconoció. Tampoco es el Código Penal el que genera el delito, sino el que lo identifica.

delito y pecado no se identifican, pero se comunican

Es cierto que no todos los pecados han de ser considerados como delito (como es el caso del odio, en la medida en que se circunscribe al fuero interno del hombre). Sin embargo, otros muchos pecados (como es el caso de la calumnia) pueden llegar a ser delito (o falta), ya que lesionan los derechos del prójimo y atentan contra el bien común.

En sentido inverso, lo lógico es pensar que todo aquello que es materia de “delito” sea también materia de “pecado”, si bien es verdad que, no ocurre así en todos los casos de transgresión de la ley en el ámbito civil. Por ejemplo, determinadas faltas administrativas han sido fijadas con un margen de arbitrariedad muy grande, de forma que su incumplimiento no implica necesariamente una violación del orden moral.

La conclusión es bastante clara: delito y pecado no se identifican, pero son dos conceptos que se comunican, porque se fundamentan en una misma base ética. Por una parte, la identificación plena del delito con el pecado, conllevaría la negación del principio de autonomía del orden temporal, así como el principio de libertad religiosa. Pero, por otra, cuando es muy grande la divergencia entre las materias consideradas como delito o como pecado, queda patente que estamos ante una legislación injusta. ¡Éste es nuestro caso!

En conclusión, Mons. Rouco tenía razón en sus reflexiones: Hemos de rechazar la tan repetida afirmación de que los cristianos no podemos exigir que la vida humana sea protegida por unas leyes civiles que obliguen a todos. No cabe traer al contexto del debate del aborto, como algunos han hecho, la afirmación de Juan Pablo II: “La fe se propone, pero no se impone”. El valor de la vida humana no es una mera cuestión de fe, sino un dato humano-científico que necesariamente ha de tener una tutela legal. Es algo tan básico como entender que la contaminación irresponsable de la naturaleza es “delito”, al mismo tiempo que “pecado”… ¡Ofende a Dios, porque perjudica al hombre!

buenanueva17 José-Ignacio-Munilla
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