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Ecclesia

La Santa Sede pone freno a los abusos y supersticiones en la veneración de las reliquias de santos

By BuenaNueva17 de diciembre de 20177 comentarios3 Mins de lectura
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 «Están absolutamente prohibidos el comercio y la venta de las reliquias», además de «su exposición en lugares profanos o no autorizados». Así se lee en una nueva instrucción de la Congregación para las Causas de los Santos, que pone freno a algunos abusos a través de internet, así como a diversas formas de cultos supersticiosos

La instrucción “Las reliquias en la Iglesia: autenticidad y conservación” se ha hecho pública este 16 de diciembre y lleva la firma del prefecto de la congregación, el cardenal Angelo Amato. Sustituye a la instrucción “Sanctorum Mater”, de 2007.

El objetivo es prevenir malas prácticas y supersticiones, al tiempo que se garantiza un tratamiento adecuado a la «particular veneración y atención» que han recibido siempre en la Iglesia las reliquias, «porque el cuerpo de los beatos y de los santos, destinado a la resurrección, ha sido en la tierra templo vivo del Espíritu Santo y el instrumento de su santidad, reconocida por la Sede Apostólica mediante la beatificación y la canonización».

La Congregación para las Causas de los Santos establece unos protocolos mucho más claros y pautados para el reconocimiento de las autenticidad de las reliquias, que comienza con el reconocimiento de los restos mortales de personas objeto de procesos de canonización y se extiende a su conservación posterior.

Junto a ello, se advierte de que, hasta que una persona no es declarada beata o santa, «sus restos mortales no pueden gozar de ningún culto público, ni de los privilegios reservados solamente al cuerpo de quien ha sido beatificado o canonizado».

Corresponde al obispo evitar «escrupulosamente todo signo de culto indebido a un Siervo de Dios o Venerable que todavía no haya sido beatificado».

El cardenal Angelo Amato, durante una beatificación en 2015 en Santander

Condiciones para la veneración

Las reliquias –dice la instrucción– «no pueden ser expuestas a la veneración de los fieles sin un certificado de la autoridad eclesiástica que garantice su autenticidad». En el documento «se presenta el procedimiento canónico a seguir para verificar la autenticidad de las reliquias y de los restos mortales, para garantizar su conservación y para promover la veneración de las reliquias a través de las posibles especificaciones operativas». Este asunto ha cobrado especial relevancia en los últimos tiempos, con la venta de supuestas reliquias a través de internet.

Además de prohibir la venta y la exposición en lugares profanos o no autorizados», la instrucción regula su custodia, e insta a que sean «conservadas y honradas con espíritu religioso, evitando toda forma de superstición y de comercialización».

Cuando los peritos canónicos inspeccionen las reliquias, deben asegurarse de que «nadie sustraiga alguna reliquia de la urna o introduzca algo». «Es tarea del postulador de la causa [de canonización] preparar y firmar el certificado de autenticidad de las reliquias», o en su defecto, esta tarea le corresponde al obispo diocesano.

Queda además prohibido «el desmembramiento del cuerpo, salvo que el obispo no haya obtenido el consentimiento de las Congregación de las Causas de los Santos para la confección de las reliquias insignes».

Reliquias insignias y no insignias

Urna relicario de san Juan Bosco

El texto diferencia entre estas «reliquias insignias» de las «reliquias no insignias». «Tradicionalmente –se lee en el documento– vienen consideradas reliquias insignes el cuerpo de beatos y de santos o las partes notables de los mismos cuerpos o todo el volumen de cenizas derivadas de su cremación».

Por el contrario, «son consideradas reliquias no insignes pequeños fragmentos del cuerpo de los beatos o de los santos o también objetos que han estado en contacto directo con sus personas».

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